1°) Establecer el día 3 de noviembre de 2026 como fecha de entrada en vigencia plena de la Ley N.° 5925 en la Primera Circunscripción Judicial, disponiendo su aplicación a los procesos civiles y comerciales que se inicien a partir de dicha fecha, conforme a lo previsto por su artículo
1°) Designar el personal para la Feria Judicial del mes de julio de 2026, (art. 99 de la Ley N° 2337 -Ley Orgánica del Poder Judicial- modificado por Ley N° 3136) estableciéndose como fecha del 13 al 24 de julio de 2026, en el horario de lunes a viernes de
1°) Ratificar en todos sus términos el Convenio Específico de Cooperación Tecnológica y de Gestión suscripto el 7 de abril de 2026 entre la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán y esta Corte de Justicia de Catamarca, cuya copia se agrega como Anexo I y forma parte
1°) Establecer el día 3 de noviembre de 2026 como fecha de entrada en vigencia plena de la Ley N.° 5925 en la Primera Circunscripción Judicial, disponiendo su aplicación a los procesos civiles y comerciales que se inicien a partir de dicha fecha, conforme a lo previsto por su artículo
1°) Designar el personal para la Feria Judicial del mes de julio de 2026, (art. 99 de la Ley N° 2337 -Ley Orgánica del Poder Judicial- modificado por Ley N° 3136) estableciéndose como fecha del 13 al 24 de julio de 2026, en el horario de lunes a viernes de
1°) Ratificar en todos sus términos el Convenio Específico de Cooperación Tecnológica y de Gestión suscripto el 7 de abril de 2026 entre la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán y esta Corte de Justicia de Catamarca, cuya copia se agrega como Anexo I y forma parte