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Justicia de Paz: Pautas para autorizar el traslado de niñas, niños y adolescentes

septiembre 25

La Corte de Justicia aprobó, mediante la Acordada N.º 4849, un nuevo procedimiento para documentar las autorizaciones de traslado de niñas, niños y adolescentes fuera de Catamarca y dentro del territorio de la República Argentina.
La normativa entrará en vigencia el 1 de octubre y permitirá que el trámite se realice con los mismos requisitos y criterios en toda la provincia.
¿Qué cambia con la nueva normativa?
La Acordada establece un modelo oficial de Acta de Comparendo, que será de uso obligatorio en los 21 Juzgados de Paz y en la Asesoría de Menores.
El objetivo es unificar la información y la documentación solicitada, brindar mayor seguridad jurídica y facilitar la presentación del instrumento ante las autoridades que lo requieran.
¿Quiénes deben presentarse?
El trámite requiere la presencia de quienes ejerzan la responsabilidad parental o la representación legal de la niña, niño o adolescente.
También deberá concurrir la persona que será autorizada para acompañarla o acompañarlo durante el traslado. Todos los comparecientes tendrán que acreditar su identidad.

¿Qué documentación se debe presentar?
• Para gestionar la autorización se deberá contar con:
• Documento Nacional de Identidad de las personas comparecientes.
• Documento Nacional de Identidad de la niña, niño o adolescente.
• Partida de nacimiento o documentación que acredite el vínculo.
• Sentencia o instrumento correspondiente, cuando exista tutela, guarda o representación legal.
• Información sobre el destino, las fechas y el motivo del viaje.
• Datos del medio de transporte, alojamiento y contacto de la persona responsable.
• El organismo interviniente podrá solicitar documentación adicional cuando resulte necesaria para verificar la identidad, el vínculo o las condiciones del traslado.
¿Qué información tendrá el acta?
El documento consignará el destino y el período autorizado, el medio de transporte, el lugar de alojamiento, los datos de contacto, el motivo del viaje y la identificación de la persona responsable del cuidado de la niña, niño o adolescente.Para qué viajes será válida?
El procedimiento podrá utilizarse únicamente para traslados fuera de Catamarca y dentro de la República Argentina.
Las autorizaciones para viajar fuera del país continuarán sujetas a la legislación nacional vigente y no podrán realizarse mediante este trámite.

¿Cuál es la función de los Juzgados de Paz?

Los Juzgados de Paz y la Asesoría de Menores verificarán la identidad de las personas intervinientes, controlarán la documentación presentada, registrarán la manifestación de voluntad y documentarán la actuación conforme al modelo aprobado por la presente, limitándose su intervención a dejar constancia de la comparecencia y de la voluntad expresada por las personas intervinientes, sin que ello implique autorización judicial del viaje ni pronunciamiento alguno respecto de su conveniencia, oportunidad o contenido.
Un registro en cada dependencia

La normativa también establece la creación de un Libro Único de Registro en cada Juzgado de Paz y en la Asesoría de Menores.
Las autorizaciones serán asentadas cronológicamente y tendrán una numeración correlativa anual. Cada dependencia conservará una copia del acta y de la documentación presentada, mientras que el ejemplar original será entregado a las personas interesadas.
Con este nuevo procedimiento, la Corte de Justicia fortalece el servicio que prestan los 21 Juzgados de Paz y garantiza criterios comunes para las familias que realicen el trámite en cualquier punto de la provincia.

Detalles

  • Fecha: septiembre 25
  • Categoría del Evento: